La legislación comunitaria sobre la producción orgánica: un resumen

En 2007 el Consejo Europeo de Ministros de agricultura acordaron un Nuevo Reglamento (Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo) que se establecen los principios, objetivos y normas generales de la producción orgánica y definir cómo productos orgánicos debían etiquetarse.

El Reglamento establece un nuevo curso para el desarrollo de agricultura orgánica, con los siguientes objetivos:

  • sistemas de cultivo sostenible
  • una variedad de productos de alta calidad.
  • mayor énfasis en la protección del medio ambiente
  • más atención a la diversidad biológica
  • más altos estándares de protección animal
  • confianza de los consumidores
  • proteger los intereses del consumidor.

Producción orgánica respeta los ciclos y sistemas naturales. Procesos de producción biológicos y mecánicos y producción relacionadas con la tierra deben utilizarse para lograr la sostenibilidad, sin recurrir a los organismos modificados genéticamente (OMG).

En la agricultura ecológica, cierra ciclos utilizando insumos y recursos internos son las preferidas para abrir ciclos basados en recursos externos. Si estos últimos son usados, deben ser

  • materiales orgánicos de otras granjas orgánicas
  • sustancias naturales
  • materiales obtenidos naturalmente, o
  • Abonos minerales con baja solubilidad.

Excepcionalmente, sin embargo, entradas y recursos sintéticos pueden ser permitidos si hay ninguna alternativa adecuada. Estos productos, que deben ser analizados por las Comisión y la Unión Europea los países antes de autorización, se enumeran en los anexos de la aplicación del Reglamento (Reglamento (CE) nº 889/2008 de la Comisión).

Etiquetado de alimentos orgánicos

Alimentos pueden ser etiquetados «orgánicos» sólo si al menos el 95% de sus ingredientes agrícolas cumplen con los estándares necesarios. En alimentos no orgánicos, cualquier ingredientes que cumplen con los estándares orgánicos se pueden listarse como orgánico. Para asegurar la credibilidad, debe proporcionarse el número de código de la organización certificadora.

Producción orgánica prohíbe el uso de organismos genéticamente modificados y productos derivados. Sin embargo, el Reglamento sobre alimentos genéticamente y alimentación establece un umbral (0,9%), que contenido de OGM de un producto no tiene que ser indicado. Productos con contenido de OMG debajo de este umbral pueden ser etiquetados orgánicos.

Desde el 01 de julio de 2010, los productores de alimentos orgánicos envasados se ha prescrito bajo legislación de la UE utilizar el logotipo ecológico de la UE. Sin embargo, esto no es un requisito obligatorio para alimentos ecológicos de terceros países. Donde el logo ecológico de UE es utilizan, se indicará el lugar donde se produjeron los ingredientes cultivados.

Importación de productos orgánicos

Productos orgánicos de países no comunitarios pueden distribuirse en el mercado de la UE sólo si produce y examinado en condiciones idénticas sean equivalentes a las aplicables a los productores orgánicos de la UE. Las normas establecidas por el Reglamento de 2007 son más flexibles que la disposición anterior, bajo qué productos orgánicos podrían importados de fuera de la UE sólo si fueran certificados por EU, su producción fue supervisada por los países de la UE y un certificado de importación había sido emitido.

El procedimiento de licencia de importación ha sido reemplazado por nuevas reglas de importación. Organismos de control (organismos de certificación) en los terceros países ahora directamente son autorizados y supervisados por las Comisión Europea y la Unión Europea los países.

Esto permite que la Comisión Europea supervisar y vigilar la importación de productos orgánicos y los controles efectuados sobre las garantías orgánicas. La nueva legislación también sienta las bases para normas de la UE en productos orgánicos, incluyendo vino, productos de la acuicultura y algas marinas.