MANUAL BÁSICO DE AGRICULTURA ECOLÓGICA

La agricultura ecológica se define como un grupo de sistemas de producción empeñados en producir alimentos libres de contaminantes químicos de síntesis, de alto valor nutricional y organoléptico, estos sistemas contribuyen a la protección del medio ambiente, la reducción de los costos de producción y permiten obtener una renta digna a los agricultores.

Por tal motivo, los sistemas de producción ecológicos no emplean agrotóxicos para el control de plagas, enfermedades y plantas adventicias o arvenses, ni métodos que provoquen el deterioro de los suelos y el medio ambiente en general. En la ganadería no se emplean antibióticos, hormonas u otras drogas, en alimentos o tratamientos preventivos y la cría animal se basa en sistemas que permitan un máximo de bienestar de los animales.

Las tecnologías ecológicas consiguen sus objetivos productivos mediante la diversificación y la intensificación de las interacciones biológicas y procesos naturales beneficiosos que ocurren en los sistemas naturales. Al potenciar estos procesos beneficiosos en los sistemas de cultivo, se logra activar el sistema biológico de nutrición de las plantas y la regulación de los organismos que se pueden convertir en plagas, o enfermedades.

La agricultura ecológica también puede ser definida como un método de producción que procura llegar a sistemas ecológicamente equilibrados y estables. Deben ser económicamente productivos y eficientes en la utilización de los recursos naturales. Los alimentos deben ser saludables, de alto valor nutritivo y libres de residuos tóxicos.

A pesar de todo lo anterior, la definición que la norma básica de agricultura ecológica, Reglamento (CEE) n° 2092/91 del Consejo de 24 de junio de 1991 sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, se refiere exclusivamente a la no utilización de productos químicos de síntesis y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (2005) la define como un compendio de técnicas agrarias que excluye normalmente el uso, en la agricultura y ganadería, de productos químicos de síntesis como fertilizantes, plaguicidas, antibióticos, etc., ni utilizar organismos genéticamente modificados, con el objetivo de preservar el medio ambiente, mantener o aumentar la fertilidad del suelo y proporcionar alimentos con todas sus propiedades naturales.

Ver archivo  MANUAL BÁSICO DE AGRICULTURA ECOLÓGICA

Producción vegetal. Cultivos.

Hortícolas protegidos
Guía de Agricultura Ecológica de hortícolas invernadero. FECOAV. 2010

Hortícolas aire libre
Guía de Agricultura Ecológica de hortícolas aire libre. FECOAV. 2010
BPPE. Cultivo de hortícolas. A. M. Alonso y G. I. Guzmán. Ed. MARM. 2010

Cereales, barbecho
Agricultura ecológica en cereales de secano. Carlos Lacasta Dutoit. Ed. Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.
El arroz en cultivo ecológico. Josep Roselló Oltra. Ed. Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.

Cítricos
La citricultura ecológica. Alfons Domínguez Gento. Ed. Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.
Guía de Agricultura Ecológica de Cítricos. FECOAV. 2010

Frutales
Guía de Agricultura Ecológica de Frutales. FECOAV. 2010
Guía de Agricultura Ecológica de caqui. FECOAV. 2010
BPPE. Cultivo de frutales. Antonio M. Alonso Mielgo y Juan M. Arcos Martín. Ed. MARM. 2008

Vid
El viñedo ecológico. I. Mudarra y R. García Trujillo. Ed. Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.
Guía de Agricultura Ecológica de viña de vino. FECOAV. 2010
Guía de Agricultura Ecológica de viña de mesa. FECOAV. 2010
BPPE. Cultivo de la vid. R. García Trujillo y I. Mudarra Prieto. Ed. MARM. 2008

Olivar
El olivar ecológico. Gloria Guzmán, Laia Foraster y Juan Luis Sánchez. Ed. Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.
Guía de Agricultura Ecológica de olivo. FECOAV. 2010
Guía de Agricultura Ecológica de Frutales (granado, higuera, níspero y otros). FECOAV. 2010
BPPE. Cultivo del olivar. G. I. Guzmán Casado y L. Foraster Pulido. Ed. MARM. 2008

Aromáticas
Apuntes de Cultivo ecológico de Plantas Aromáticas y Medicinales (PAMC).
Producción ecológica de plantas aromáticas y medicinales: cultivo y recolección. Ponencias del Libro Blanco de la Producción Agroalimentaria Ecológica de Catalunya. R. Cristóbal y Cabau. 2005.

 

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE AGRICULTURA ECOLÓGICA / SOCIEDAD ESPAÑOLA DE AGROECOLOGIA (SEAE),

La legislación comunitaria sobre la producción orgánica: un resumen

En 2007 el Consejo Europeo de Ministros de agricultura acordaron un Nuevo Reglamento (Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo) que se establecen los principios, objetivos y normas generales de la producción orgánica y definir cómo productos orgánicos debían etiquetarse.

El Reglamento establece un nuevo curso para el desarrollo de agricultura orgánica, con los siguientes objetivos:

  • sistemas de cultivo sostenible
  • una variedad de productos de alta calidad.
  • mayor énfasis en la protección del medio ambiente
  • más atención a la diversidad biológica
  • más altos estándares de protección animal
  • confianza de los consumidores
  • proteger los intereses del consumidor.

Producción orgánica respeta los ciclos y sistemas naturales. Procesos de producción biológicos y mecánicos y producción relacionadas con la tierra deben utilizarse para lograr la sostenibilidad, sin recurrir a los organismos modificados genéticamente (OMG).

En la agricultura ecológica, cierra ciclos utilizando insumos y recursos internos son las preferidas para abrir ciclos basados en recursos externos. Si estos últimos son usados, deben ser

  • materiales orgánicos de otras granjas orgánicas
  • sustancias naturales
  • materiales obtenidos naturalmente, o
  • Abonos minerales con baja solubilidad.

Excepcionalmente, sin embargo, entradas y recursos sintéticos pueden ser permitidos si hay ninguna alternativa adecuada. Estos productos, que deben ser analizados por las Comisión y la Unión Europea los países antes de autorización, se enumeran en los anexos de la aplicación del Reglamento (Reglamento (CE) nº 889/2008 de la Comisión).

Etiquetado de alimentos orgánicos

Alimentos pueden ser etiquetados «orgánicos» sólo si al menos el 95% de sus ingredientes agrícolas cumplen con los estándares necesarios. En alimentos no orgánicos, cualquier ingredientes que cumplen con los estándares orgánicos se pueden listarse como orgánico. Para asegurar la credibilidad, debe proporcionarse el número de código de la organización certificadora.

Producción orgánica prohíbe el uso de organismos genéticamente modificados y productos derivados. Sin embargo, el Reglamento sobre alimentos genéticamente y alimentación establece un umbral (0,9%), que contenido de OGM de un producto no tiene que ser indicado. Productos con contenido de OMG debajo de este umbral pueden ser etiquetados orgánicos.

Desde el 01 de julio de 2010, los productores de alimentos orgánicos envasados se ha prescrito bajo legislación de la UE utilizar el logotipo ecológico de la UE. Sin embargo, esto no es un requisito obligatorio para alimentos ecológicos de terceros países. Donde el logo ecológico de UE es utilizan, se indicará el lugar donde se produjeron los ingredientes cultivados.

Importación de productos orgánicos

Productos orgánicos de países no comunitarios pueden distribuirse en el mercado de la UE sólo si produce y examinado en condiciones idénticas sean equivalentes a las aplicables a los productores orgánicos de la UE. Las normas establecidas por el Reglamento de 2007 son más flexibles que la disposición anterior, bajo qué productos orgánicos podrían importados de fuera de la UE sólo si fueran certificados por EU, su producción fue supervisada por los países de la UE y un certificado de importación había sido emitido.

El procedimiento de licencia de importación ha sido reemplazado por nuevas reglas de importación. Organismos de control (organismos de certificación) en los terceros países ahora directamente son autorizados y supervisados por las Comisión Europea y la Unión Europea los países.

Esto permite que la Comisión Europea supervisar y vigilar la importación de productos orgánicos y los controles efectuados sobre las garantías orgánicas. La nueva legislación también sienta las bases para normas de la UE en productos orgánicos, incluyendo vino, productos de la acuicultura y algas marinas.