Competitividad de la ciencia e industria europeas

A menudo, los representantes de la industria del comercio y uso de animales, así como algunos eurodiputados, argumentan que los estándares y regulaciones del bienestar de los animales podría impulsar la investigación fuera de la UE a China, Singapur y otros países. Sin embargo, no se han proporcionado pruebas o estadísticas que sostengan esta afirmación. La teoría es que donde quiera que existan altos estándares para el bienestar de los animales, la investigación científica se marchará al extranjero, lo que perjudicará la competitividad de la ciencia e industria europeas.

Nada podría estar más lejos de la verdad. En este resumen, examinaremos este argumento en profundidad y demostraremos, mediante el uso de información fácil de conseguir, que este argumento es un mito y que no existe correlación alguna entre el bienestar de los animales y los beneficios de la investigación científica en un país determinado.

Dinamismo en el sector farmacéutico donde los estándares de bienestar de los animales son altos: experiencias en el Reino Unido y Suiza.

Si los altos estándares de bienestar de los animales estuviera impulsando la investigación al extranjero, entonces el impacto sería más obvio en aquellos países que ya cuentan con estrictos controles de regulación para el uso de animales de laboratorio, tal y como el Reino Unido y Suiza.

El gobierno británico afirma que cuenta con los más altos estándares de bienestar de animales de laboratorio del mundo. Aún así, la competitividad del sector farmacéutico británico en este estricto ambiente regulatorio ha mejorado rápidamente durante los últimos 20 años.

Efectivamente, en 1985 el superávit comercial británico fue de £1.184 billones (€1.258 billones). Pese a más de 20 años de ‘una estricta regulación de bienestar de los animales’, el superávit comercial ha aumentado a £4.276 billones (€4.548 billones) en 2007, una enorme subida del 361%. 1

De hecho, en 2007 la industria farmacéutica se convirtió en la industria más competitiva del Reino Unido al ocupar el primer lugar en superávit comercial, superando al resto de los sectores industriales británicos. Su valor agregado en 2006 también ocupó el primer lugar, muy por delante del resto de los sectores, tal y como aviones, servicios comerciales, vehículos motorizados o producción. 2

La introducción en 2006 de la Ley británica de animales (procedimientos científicos), que iba mucho más allá de la Directiva europea de 1986 en los controles, licencias y códigos de práctica, no ha afectado el crecimiento y eficacia de la industria farmacéutica británica. Esto ocurre en un clima de sistema de licencias de tres niveles; valoraciones coste-beneficios y un riguroso sistema de encintado como parte del proceso de aprobación; códigos de práctica e inspecciones por parte del gobierno; prohibiciones del uso de determinadas especies, tal y como grandes simios; provisiones especiales para aprobar la investigación de ciertos primates; una prohibición de pruebas de cosméticos y otras restricciones.

En 2001, el Consejo de investigación médica británico, el principal organismo público de financiación, declaró que: “no está al corriente de ningún ejemplo específico donde la investigación esté siendo impulsada al extranjero como consecuencia directa de la burocracia del sistema de regulación británico”. 3

Tras una serie de audiencias y recopilación de pruebas durante un período de dos años, el Comité selecto de la Cámara de los Lores británica sobre procedimientos científicos en animales informó de los resultados obtenidos y discutió el argumento que afirma que los investigadores podrían llevar su trabajo fuera del Reino Unido. El Comité selecto llegó a la siguiente conclusión:

“no hay pruebas contundentes que apoyen los argumentos que afirman que el régimen de licencias estaba forzando a llevar la investigación al extranjero”. 4

Claramente, la introducción de controles científicos más fuertes y mejoras en la protección de animales no ha ‘impedido’ el trabajo de aquellos que desean utilizar animales. Todo lo contrario; las pruebas indican que dichos controles han mejorado los estándares de práctica científica así como la protección de los animales.

Se puede encontrar una similar experiencia positiva en Suiza, que cuenta con dos de las empresas farmacéuticas más grandes del mundo: Novartis y Roche. A nivel global, Suiza es líder mundial en términos de comercio con fármacos, con £10.8 billones (€11.46 billones) en superávit comercial, superando al Reino Unido (£4.2 billones), Alemania (£5.5 billones), Francia (£3.5 billones) Japón (menos -£2.8 billones) y los EE.UU. (menos -£18.3 billones). 5

Al igual que en el Reino Unido, la industria farmacéutica suiza cuenta con un ambiente de estricta regulación de bienestar de los animales de laboratorio. Antes de aprobar el uso de animales, los experimentos propuestos se categorizan automáticamente en un riguroso sistema de encintado que evalúa el nivel de sufrimiento del animal de acuerdo con el tipo de procedimiento. El sistema también proporciona información automática, con una revisión retrospectiva de lo que en realidad le ocurrió al animal durante el experimento. 6 La legislación suiza reconoce la dignidad de los animales y hace poco se ha restringido el uso de primates en experimentos, mediante jurisprudencia. 7

Los casos de Suiza y el Reino Unido demuestran que no hay pruebas para respaldar el argumento de que las mejoras en las regulaciones para el bienestar de los animales y los controles estrictos en experimentos científicos impulsarían la investigación al extranjero. De hecho, parece que un marco de trabajo legal eleva y mejora los estándares de buenas prácticas de laboratorio y permite el éxito de los avances científicos.

En comparación, los EE.UU. llevan mucho retraso. Con el mayor déficit comercial del mundo en fármacos (£18.3 billones), los EE.UU. cuentan con bajos estándares de protección y bienestar de los animales y bajos controles de los estándares científicos y uso de animales.

El sistema estadounidense para la regulación de animales en la investigación biomédica, “específicamente excluye ratas del género rattus y ratones del género mus, así como pájaros usados en la investigación”. 8 Claramente, los estándares relajados y bajos controles no han ayudado a los EE.UU. a obtener un mejor rendimiento en este sector.

La Unión Europea: 20 más atractiva que China para inversiones extranjeras en investigación y desarrollo.

A menudo se menciona China como uno de los países que se haría cargo de la investigación que se lleva a cabo en Europa si la Unión Europea toma la lógica medida de regular y controlar la industria de investigación científica y mejorar la protección de los animales. Sin embargo, una valoración realística de las pruebas no demuestra que China sea un destino atractivo para la investigación científica:

Un informe realizado recientemente por la Comisión Europea, ‘Informe 2008/2009 de figuras claves en ciencia, tecnología y competitividad’, llegó a las siguientes conclusiones:

“La UE sigue siendo un lugar atractivo para la inversión en investigación y desarrollo por parte de empresas estadounidenses que han invertido 20 veces más en investigación y desarrollo en la UE que en China durante 2005.”

Efectivamente, la UE recibió el 62.5% de las inversiones estadounidenses en el extranjero en investigación y desarrollo durante 2005 (y esta proporción ha aumentado con respecto a 2000) comparado con el 3.3% que recibió China y el 6.6% que recibió Japón.

El informe concluyó además que:

“En los EE.UU., durante el período 2003-2005, la brecha entre los gastos de investigación y desarrollo UE15 en los EE.UU. y los gastos de investigación y desarrollo estadounidenses en la UE-15 disminuyó en mas de la mitad.»

En otras palabras, el sector de investigación y desarrollo de la UE nunca ha sido más competitivo, y esto es verdad especialmente en los sectores donde se matan millones de animales en experimentos todos los años.

Por lo tanto, el sector farmacéutico ha pasado a centrarse mucho más en la investigación en la UE entre 1995 y 2003. El informe de la Comisión:

“El valor agregado de un gran número de sectores de alta tecnología en la UE ha crecido a un ritmo acelerado en términos reales durante este período: ‘aviones y naves espaciales’ (4.3% de media por año), ‘fármacos’ (3.5% de media por año) e ‘instrumentos médicos, de precisión y ópticos’ (2.7% de media por año). (…) el sector ‘farmacéutico’ ha pasado a centrarse mucho más en la investigación y desarrollo, mientras que el sector ‘aviones y naves espaciales’ ha dejado de centrarse tanto en la investigación y desarrollo.”

Y:

“En la UE, el descenso en la proporción del valor agregado de alta tecnología fue limitado ya que una gran disminución del valor agregado en ‘maquinaria de oficina, contabilidad e informática’ y ‘equipos de radio, TV y comunicaciones’ fue compensado en gran medida por el crecimiento del valor agregado en ‘fármacos’ e ‘instrumentos médicos, de precisión y ópticos’.”

En otras palabras, la industria farmacéutica es uno de los sectores más dinámicos de la UE. El informe afirma, además, que el número de investigadores ha aumentado el doble de rápido en la UE que en los EE.UU. y Japón desde 2000 y que la UE es el productor de conocimiento científico más importante del mundo.

Esta situación es muy diferente a la que presentan aquellos que afirman que Europa sufre una “sobrecarga regulatoria”. De hecho, la investigación de la UE es extremadamente dinámica, especialmente en países con altos estándares de bienestar de los animales.

Es de esperar que los miembros del grupo de presión del sector industrial se resistan a cualquier cambio o control. Sin embargo, afirmar que una mejor protección de los animales impulsará la investigación al extranjero es una clara exageración y además, puede llevar a conclusiones erróneas.

Las pruebas demuestran que un buen marco de trabajo regulatorio es beneficioso para la ciencia e industria, así como para la protección de animales.

 

Animal Defenders International, National Anti-Vivisection Society and Lord Dowding Fund for Humane Research. Millbank Tower, Millbank, London SW1P 4QP, UK.             Tel. +44 (0)20 7630 3340       www.ad-international.org

 


Referencias:

1. Statistics of the Association of the British Pharmaceutical Industry (ABPI): http://www.abpi.org.uk/statistics/section.asp?sect=2

2. Statistics of the Association of the British Pharmaceutical Industry (ABPI): http://www.abpi.org.uk/statistics/section.asp?sect=2

3. House of Lords Select Committee on Animals in Scientific Procedures: Further Evidence from the Medical Research Council, November 2001. http://www.mrc.ac.uk/consumption/groups/public/documents/content/mrc003396.pdf

4. House of Lords Select Committee on Animals In Scientific Procedures: Minutes of Evidence http://www.publications.parliament.uk/pa/ld200102/ldselect/ldanimal/999/2050702.htm

5. ABPI statistics: http://www.abpi.org.uk/statistics/section.asp?sect=1

6. http://www.tierversuch.ch/?show=AWLaw&nav_id=4104&lang=en

7. http://www.swissinfo.org/eng/front/Research_hit_by_row_over_animal_dignity.html?siteSect=105&sid=7554565&cKey=1173251105000&ty=st

8. http://www.nal.usda.gov/awic/legislat/regsqa.htm#Intro

9. http://ec.europa.eu/research/era/pdf/key-figures-report2008-2009_en.pdf


 

¿Cómo fluye la energía y la materia en un ecosistema?

El ecosistema es la unidad básica fundamental en la ecología. Tiene un nivel organizacional muy complejo y está constituído por dos elementos muy importantes: el biotopo y la biocenosis. El biotopo es el conjunto de factores físicos (agua, suelo, aire, etc.) y químicos (iluminación, temperatura, etc.) que constituyen el soporte físico de un ecosistema. La biocenosis está constituída por los seres vivos (microorganismos, plantas y animales) que habitan y se interrelacionan en el ecosistema. En un ecosistema, el flujo de energía y de materia es muy importante, es lo que permite la vida en nuestro planeta. La materia, en este caso orgánica, puede ser utilizada muchas veces. Circula de manera cíclica en el ecosistema. Mientras, la energía es unidireccional, es utilizada una sola vez por un organismo o población determinada. Por lo tanto, es un sistema abierto, ya utilizada la energía se convierte en calor, el cual se disipa rápidamente del ecosistema, por lo que no es recuperable.

¿Cómo se origina y se utiliza la energía?

La energía entra al ecosistema como energía luminosa o radiante, que es utilizada por las plantas verdes para convertirla en energía de alimento. Esto ocurre en la maquinaria fotosintética de la planta, convirtiéndose en el productor primario de la cadena alimentaria.

La energía, por lo tanto, pasa de un nivel trófico a otro. Las plantas producen su propio alimento a partir de la energía luminosa. Luego las plantas son el alimento de los herbívoros, que a su vez son el alimento de los carnívoros. Cuando los organismos de estos niveles mueren, son aprovechados por los descomponedores. Esta transferencia de energía desde los productores hasta los descomponedores también se conoce como cadena trófica. Mientras, una red trófica se forma cuando las cadenas alimentarias (tróficas) se interconectan. Esto quiere decir que un organismo puede ser el alimento de diferentes depredadores.

Cuando la energía pasa de un nivel a otro, se va reduciendo progresivamente en 1/10 parte en cada uno de ellos. En cada transferencia, la energía se degrada en forma de calor. A lo largo de la cadena alimentaria, la energía se transforma de energía luminosa a energía química, para luego perderse como energía calorífica.

Niveles tróficos de la cadena alimentaria

El nivel trófico se refiere a la posición que ocupa un conjunto de organismos en la utilización o circulación de la energía en la cadena alimentaria. Existen 3 tipos de niveles tróficos clasificados de acuerdo a su función en la cadena. Estos son: productores, consumidores y descomponedores.

Productores

Productor (autótrofo)
Es el primer nivel de la cadena. Son organismos autótrofos (sintetizan su propio alimento a partir de sustancias inorgánicas con la ayuda de la luz solar como fuente energética), que representan el comienzo del flujo de energía en el ecosistema. Estos productores son las plantas que producen alimento mediante el proceso de fotosíntesis.

Consumidores

Son los que aprovechan la materia orgánica que fabrican los productores. Son organismos heterótrofos (son incapaces de sintetizar su propio alimento, por lo que necesitan alimentarse a expensas de los autótrofos y de otros heterótrofos), en su mayoría animales, aunque en este grupo también están las bacterias y los hongos. Este grupo está compuesto por los consumidores primarios y los consumidores secundarios. Los primarios son los herbívoros, que se alimentan de los productores (plantas) y los secundarios que se alimentan de los primarios. Los consumidores secundarios están constituídos por los carnívoros, que a su vez pueden ser el alimento de los supercarnívoros (se alimentan de otros carnívoros). Este nivel trófico puede tener varios subniveles.

Descomponedores

Los descomponedores obtienen su alimento y la energía que necesitan de la descomposición de restos orgánicos como excrementos, materia muerta y cadáveres. Estos organismos saprófitos (se alimentan de materia en descomposición) principalmente son las bacterias y los hongos, aunque también pueden ser insectos e invertebrados. Estos descomponen los compuestos orgánicos en compuestos inorgánicos simples (CO2, NO3, etc.) de los cuales ya no pueden obtener energía. Estos compuestos inorgánicos son los que utilizan los productores en su proceso fotosintético para la producción de alimento. Por lo tanto, esta materia entra nuevamente al ciclo para ser reutilizada.

El papel de la transformación de los residuos en energía

El Comité Europeo de las Regiones, mediante la presente comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, realiza unas recomendaciones políticas acerca del papel de la transformación de los residuos en energía.

Observaciones generales

El Comité Europeo de las Regiones reitera que la jerarquía de residuos es un principio fundamental de la economía circular y que los procesos de transformación de residuos en energía pueden contribuir a la transición a una economía circular, siempre que las soluciones adoptadas no sean óbice para unos niveles mayores de prevención de los residuos, reutilización de los productos y reciclado de los residuos. Para alcanzar el ambicioso objetivo de una economía circular completa, es indispensable la voluntad política de tomar las medidas necesarias a todos los niveles, junto con un cambio duradero de la opinión pública y del comportamiento de los consumidores, así como la creación de un mercado estable de productos y materiales basados en materias primas secundarias;

La transformación en energía de los residuos inevitables y no reciclables en instalaciones de incineración de alto rendimiento forma parte integrante, en determinadas condiciones, de la economía circular, y que desempeña un papel importante en muchos Estados miembros y regiones para reducir el vertido significativamente en un futuro próximo. Además, esta transformación de los residuos en energía también contribuye al abastecimiento energético. La planificación del aprovechamiento de los residuos con fines energéticos también debe basarse en la jerarquía de residuos fijada por la UE, la minimización del volumen de residuos y la reflexión sobre el ciclo de vida, y que es imperativo no apartarse, en el marco de la economía circular, del modelo caracterizado por un alto porcentaje de reciclado con vistas a la recuperación de energía y, por lo tanto, evitar el sobredimensionamiento de la capacidad de dichas instalaciones. Se debe hacer hincapié, sin embargo, en que únicamente deberán circular los residuos aptos para su reciclado y que solo se recurrirá al vertido de los residuos remanentes en última instancia, por lo que se deberá dar prioridad a la recuperación energética frente a los vertidos.

El Comité Europeo de las Regiones insta a todos los niveles de gobierno de los Estados miembros a que hagan todo lo posible por reducir el depósito en vertederos y la cantidad de residuos no reciclables incinerados, sobre todo si no implican recuperación de energía, prestando especial atención a la prevención de los residuos, el desarrollo de la recogida selectiva y la inversión en actividades con una clasificación más alta en la jerarquía de residuos; además señala que existen en las regiones europeas enormes diferencias en lo que respecta no solo al volumen de residuos municipales, sino también su tratamiento. Algunas regiones ya han superado los objetivos de la UE en materia de residuos sin recurrir a la transformación de los residuos en energía, mientras que otras no consiguen alcanzar los objetivos mínimos establecidos. Esto demuestra que la introducción de sistemas similares puede dar lugar a resultados finales muy dispares y que la participación del nivel local en la consecución de los objetivos fijados reviste una importancia fundamental;
La jerarquía de residuos constituye un pilar fundamental de la política y normativa de la UE en materia de residuos y es un elemento clave para la transición a la economía circular. De hecho, su principal objetivo es establecer un orden de prioridad que reduzca al mínimo las repercusiones negativas para el medio ambiente y que optimice la eficiencia de los recursos en la prevención y gestión de los residuos. Destaca que, habida cuenta de las enormes disparidades existentes entre los Estados miembros y las regiones en cuanto a la situación y las posibilidades de transformación de los residuos en energía, las vías más adecuadas para alcanzar los objetivos generales también pueden ser muy distintas, por lo debe evitarse un planteamiento uniforme.

Recomendaciones políticas: recogida selectiva de residuos

  • señala que los biorresiduos representan un porcentaje considerable del volumen de residuos domésticos, y subraya que debe prestarse mayor atención a potenciar la transformación de los biorresiduos en energía, por ejemplo mediante procesos como la digestión anaerobia de residuos biodegradables limpios, separados de forma adecuada, que combina el reciclado de materiales y la transformación de los residuos en energía. La recogida de biorresiduos debería organizarse en función de las circunstancias locales y regionales y debería existir margen para el desarrollo y la innovación. En consecuencia, es importante, por un lado, organizar la recogida de la manera que se considere más apropiada a nivel local, con vistas a alcanzar los objetivos de reciclado fijados en la Directiva marco sobre residuos, y, por otro, no imponer a los entes locales y regionales requisitos para los procedimientos de recogida;
  • considera que, habida cuenta de los distintos niveles de desarrollo de las regiones de la UE así como de los costes relativamente elevados que supondría la introducción de sistemas cada vez más eficientes de reciclado y de transformación de los residuos en energía, debería examinarse cómo financiar de la manera más amplia posible la adopción de medidas en este ámbito. Esto redundaría en interés de los ciudadanos de todos los Estados miembros;
  • llama la atención sobre el hecho de que en muchas regiones, aunque el porcentaje de recogida selectiva es elevado, el reciclado no es proporcional a dicha cifra y, por consiguiente, deben elaborarse instrumentos políticos específicos para corregir esta contradicción; en particular es importante establecer requisitos para el fomento del uso de materias primas secundarias, en un marco de competencia de precios adecuado respecto a las materias primas originales;
  • apoya el desarrollo de mecanismos de separación y reciclado de residuos que puedan conducir a la producción de residuos de calidad con un bajo contenido de sustancias contaminantes. También se puede recurrir a otros métodos como, por ejemplo, sustituir los combustibles fósiles por residuos derivados de los mismos en las instalaciones de combustión destinadas a la producción de cemento o de cal, someter los residuos biodegradables a un proceso de digestión anaeróbica o utilizarlos para producir combustibles. No obstante, la construcción de capacidad de incineración adicional es una solución complementaria que debería utilizarse para evitar nuevos vertidos en zonas con escasa capacidad de incineración de residuos. Todo ello redundará en beneficio del medio ambiente. En cualquier caso, estas instalaciones de incineración deberán combinarse con la recuperación de energía;

Recomendaciones políticas: capacidad de incineración

  • reconoce que la transición a una economía circular requiere, al planificar el tratamiento de residuos no reciclables, alcanzar un equilibrio adecuado en lo que respecta a la capacidad de transformar residuos en energía, para evitar posibles pérdidas económicas o la creación de barreras de infraestructura que impidan alcanzar tasas de reciclado más altas;
  • señala que, con miras a la economía circular, la capacidad de incineración debe necesariamente tener en cuenta la distancia del transporte de los residuos al lugar de su eliminación así como parámetros como la distancia de otros centros de clasificación y tratamiento de residuos (y sus zonas de recogida), el número de habitantes de la zona de recogida analizada, el volumen de residuos generados y las previsiones sobre la evolución de estos parámetros, con el fin de reducir al mínimo las repercusiones negativas para el medio ambiente;
  • llama la atención sobre el hecho de que, en el momento de evaluar y planificar la capacidad de incineración, conviene no solo tener en cuenta los residuos municipales, dado que una gran parte de las aportaciones para la transformación en energía procede de otras fuentes de residuos;
  • considera que, lamentablemente, la Comisión solo aborda en sus recomendaciones el exceso de capacidad de incineración, cuando la elevada proporción de residuos depositados en los vertederos en la Unión muestra que la falta de capacidad también es un problema que es preciso resolver. Para reducir el volumen de residuos, es importante establecer requisitos más específicos sobre la reutilización y el reciclado de materiales y fomentar el uso de materiales de recuperación para fabricar mercancías, aunque teniendo en todo momento presente el ciclo de eliminación de los materiales nocivos;
  • comparte la opinión de la Comisión Europea de que, aunque la transformación en energía de los residuos desempeña un papel importante en muchos Estados miembros para evitar el depósito en vertederos, un exceso de capacidad de incineración de residuos podría provocar un bloqueo tecnológico, lo que dificultaría la consecución de los objetivos en materia de residuos;
  • propone mejorar a niveles óptimos los porcentajes de eficiencia energética de las antiguas instalaciones de incineración de residuos menos eficientes para apoyar la autosuficiencia energética de la Unión Europea y reducir el consumo de recursos fósiles no renovables. En el caso de que dicha mejora no resulte posible desde un punto de vista económico y técnico, deberá procederse a desmantelar y suprimir de manera progresiva los mecanismos de apoyo a aquellas que no se adapten, especialmente en los Estados miembros con exceso de capacidad;
  • recomienda a los Estados miembros con una escasa o nula capacidad de incineración que se centren en desarrollar la recogida selectiva y el reciclado de residuos (debe alentarse la recogida selectiva en la fuente dado que es esencial para suministrar residuos de buena calidad que tengan un gran valor para el reciclado), y que solo recurran en mayor medida a la transformación de los residuos en energía en el marco de una planificación cuidadosa, dado que se trata esencialmente de una solución provisional en el contexto de la transición de un sistema basado en el vertido a otro cuyo objetivo último es el reciclado;
  • apoya el transporte de residuos destinados a la transformación en energía entre los Estados miembros y entre las regiones, con el fin de evitar el depósito en vertederos o reducirlo, teniendo también en cuenta que contribuye a utilizar mejor las capacidades de incineración existentes. Esto sirve para complementar las soluciones nacionales y regionales. Por lo demás, el Comité estima necesario que los aspectos de equidad y solidaridad se tengan en cuenta al evaluar la justificación de los traslados de residuos entre Estados miembros para que los países y regiones afectados puedan beneficiarse por igual de las ventajas medioambientales, económicas y sociales de esta actividad;

Recomendaciones políticas: repercusiones económicas y sociales

  • llama la atención sobre las enormes diferencias entre los Estados miembros y las regiones en lo que respecta a la cantidad de residuos municipales por habitante, que en algunos casos puede llegar a duplicarse. Estas diferencias pueden explicarse por diversas razones y las cantidades más bajas se deben, según los lugares, al consumo responsable o la pobreza. Las estrategias en materia de residuos deben tener en cuenta todos estos aspectos, habida cuenta de que los instrumentos políticos y los mecanismos de ayuda, de muy distinta naturaleza, pueden ser eficaces para alcanzar los objetivos fijados;
  • llama la atención sobre el hecho de que, en algunas regiones, el uso por la población de los residuos en estufas de combustión domésticas representa un grave problema relacionado, en parte, con la pobreza energética y, en parte, con la negligencia y falta de conocimiento de las repercusiones negativas de tal práctica, y que este uso, a diferencia de las instalaciones de incineración especializadas dotadas de sistemas de filtrado apropiados, está causando grandes daños medioambientales y entraña elevados riesgos para la salud pública, además de ser incompatible con las condiciones básicas de integración social. Por tanto, el Comité pide a la Comisión Europea que integre también la lucha contra la pobreza energética en las actividades relacionadas con la transformación de los residuos en energía y adopte estrategias para favorecer un mayor conocimiento de las consecuencias negativas del uso de los residuos como combustible de calefacción doméstica;
  • es importante aclarar cómo y quién soportará los costes de la gestión de los residuos, dado que en varios Estados miembros ya representan una carga desproporcionada en relación con la renta de los hogares. Por consiguiente, es necesario seguir de cerca las repercusiones económicas y sociales; esta situación es especialmente problemática en el caso de muchas islas y regiones ultraperiféricas, especialmente las sobrepobladas y las que sufren la presión del turismo;

Recomendaciones políticas: instrumentos de aplicación de la política

  • subraya que los entes locales y regionales desempeñan un papel clave en la consecución de los objetivos comunes de la Unión en materia de gestión de residuos, particularmente en el ámbito de la gestión de los residuos municipales, ya que son los responsables de aplicar las decisiones y la gran variedad de posibles situaciones no permite aplicar una solución única;
  • subraya la importancia de las inversiones canalizadas a través de los mecanismos de financiación de la UE, como el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE), en particular su papel para atraer financiación privada a favor de soluciones mejores y más «circulares» para la gestión de los residuos. Por otra parte, valora positivamente el apoyo a la comercialización de las tecnologías avanzadas para la eficiencia energética, desarrolladas también gracias a programas de investigación e innovación;
  • pide a la Comisión Europea que vele por que los Estados miembros incluyan plenamente a los entes locales y regionales en la elaboración de la estrategia, la adopción de las medidas técnicas y fiscales necesarias, la elaboración de los planes de ayuda financiera, así como el intercambio de buenas prácticas;
  • señala que es indispensable la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la población afectada a fin de fomentar el sentido de la propiedad medioambiental entre los ciudadanos y para que se adopten buenas decisiones y se apliquen de manera efectiva; recomienda que los Estados miembros establezcan prioridades de la forma más clara posible para la gestión de los residuos y garanticen, de este modo, una estrecha cooperación entre todos los participantes en el sistema de gestión de residuos. A este respecto, la cooperación y la transparencia en los procedimientos de gestión de los residuos son cruciales;
  • considera indispensable que las ayudas financieras a todos los niveles sean acordes con la jerarquía de residuos, y se reorienten, siempre que sea posible, hacia la prevención, la información a los ciudadanos, sistemas de recogida selectiva de residuos de alta calidad y desarrollo de una infraestructura de reutilización y reciclado de residuos, así como la investigación y la innovación en este ámbito; lo ideal sería que los residuos y los ingresos generados se utilizaran para desarrollar los servicios públicos locales y hacerlos menos costosos;
  • pide a la Comisión Europea que apoye las plataformas existentes para la puesta en común de experiencias, la transferencia de conocimientos y el intercambio de experiencias en materia de transformación de residuos en energía, la difusión de soluciones probadas junto con la asistencia técnica y financiera correspondiente, teniendo en cuenta que numerosos entes locales y regionales han adoptado diversas iniciativas para promover la eficiencia de los recursos y la economía circular, que pueden servir de modelo para otros;
  • pide a la Comisión Europea que colabore estrechamente con el CDR para apoyar el intercambio de buenas prácticas entre las ciudades y las regiones, para encontrar soluciones más adecuadas, por ejemplo, en lo que respecta a los sistemas de calefacción y refrigeración urbanos o los problemas relacionados con los residuos previamente separados, rechazados por las empresas de transformación, y la manera de promover la separación de los residuos domésticos, dado que las buenas prácticas podrían fomentar un desarrollo más ambicioso de los sistemas de gestión de residuos;
  • llama la atención de la Comisión Europea sobre el hecho de que la condición previa para una regulación adecuada y la adopción de una decisión acertada es la disponibilidad de datos fiables, comparables y que reflejen la realidad, lo cual no está completamente garantizado en la actualidad, sobre todo por lo que se refiere a los tipos de residuos distintos de los residuos municipales;
  • llama la atención sobre el hecho de que es necesario tener en cuenta las diferencias culturales y económicas entre los Estados miembros y las regiones a la hora de elaborar políticas destinadas a cambiar el comportamiento de la población por lo que respecta a la separación de los residuos en origen. También habría que señalar que los entes insulares y rurales tienen necesidades geográficas y problemas de suministro específicos;
  • propone que la Comisión Europea, los Estados miembros y los entes locales y regionales, como los niveles políticos más cercanos a los ciudadanos, tomen medidas en el ámbito de la educación y la formación para aumentar significativamente los conocimientos y la sensibilización de la población y de los agentes económicos respecto del consumo sostenible, la reducción del volumen de residuos, la protección de los recursos naturales y el medio ambiente, la responsabilidad de los productores y el diseño de los productos y la publicidad, por ejemplo, integrando estas cuestiones en los programas educativos y las campañas de información (que podrían realizarse a través de la promoción en las redes sociales, visitas escolares, actos públicos, campañas de prensa, etc.).

Dictamen 2018/C 164/12 del Comité Europeo de las Regiones — El papel de la transformación de los residuos en energía

El delito de maltrato animal: formas de participación y omisión pura.

Se parte del supuesto de hecho en el que un tercero ajeno a la comisión del delito de maltrato animal lo presencia y se muestra impasible ante su comisión, analizando si dicha falta de actuación de terceros podría comportarles también alguna responsabilidad penal.

El artículo 337 de nuestro Código Penal tipifica el delito de maltrato animal, el cual pese a haber sido objeto de modificaciones mediante la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, sigue sin tener suficiente presencia en la jurisdicción penal a pesar de que son muchos los supuestos que podrían subsumirse en tal precepto.

En pleno siglo XXI son demasiadas las atrocidades que se cometen contra aquellos seres que dejarán de tener la consideración de bienes semovientes para convertirse en lo que realmente siempre han sido, seres vivos dotados de sensibilidad, pese a que nuestro ordenamiento jurídico en su afán de inmovilismo se negaba a otorgarles tal reconocimiento.

Ciertamente, resultan sorprendentes algunos casos como los que fueron noticia como consecuencia de la celebración de las fiestas navideñas, en los que se constataba una nueva forma de diversión de nuestros iguales consistente en atacar a gatos con petardos, ya sea atándoselos al cuello o incluso, metiéndoselos en la boca, comportando en este último caso la muerte del animal.

Tales actos, lejos de resultar una mera diversión inocua, son hechos típicos subsumibles en el anteriormente citado artículo 337 del Código Penal en su modalidad agravada prevista en el apartado tercero del mismo, aplicable a supuestos cuya consecuencia sea la muerte del animal.

Ello no obstante, los operadores jurídicos y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se encuentran con la problemática que plantea el descubrimiento de la autoría de estos ilícitos, la cual obviamente no resulta exclusiva de los mismos, pero sí presenta notables agravantes que imposibilitan en la mayoría de los supuestos su determinación.

Así, cuando nos hallamos ante la comisión de delitos de diferente naturaleza, o incluso ante meros hechos civiles, como podría ser una colisión entre vehículos, extraño es el supuesto en el que no hay testigos presenciales de los hechos o, en el peor de los casos, de referencia. Huelga decir que las declaraciones de los mismos resultan concluyentes en múltiples ocasiones y se erigen como la única prueba capaz de comportar una Sentencia condenatoria, especialmente en aquellos supuestos en los que jueces y magistrados se encuentran con versiones contradictorias, que son la mayoría, dada la negativa y el derecho que ostenta el acusado a no reconocer su culpabilidad.

Pues bien, ante una realidad muy distinta nos hallamos cuando de delitos de maltrato animal se trata por cuanto, pese a casos tan duros como los citados con anterioridad y que el acaecimiento de los mismos tiene lugar a plena luz del día y en la vía pública, difícilmente consigue esclarecerse la autoría de los hechos. Ello se debe a la pasividad de aquellos que presencian la comisión del ilícito, únicas personas que podrían ayudar a determinar la autoría del mismo. Tal actitud deriva, más que probablemente, del hecho de que todavía tales actos se consideran una mera diversión o bien, hechos inocuos al margen del Derecho.

Lejos de ser un mero pasatiempo macabro, tal y como se ha mencionado, nos hallamos ante hechos típicos y por ende, procedería plantearse si la actuación de terceros ajenos a la comisión del delito podría comportarles también alguna responsabilidad penal, esto es, si podrían llegar a ser considerados partícipes del mismo o incluso, imputárseles una omisión del deber de socorro.

Debemos partir del supuesto de hecho en el que un tercero ajeno a la comisión del delito de maltrato lo presencia y se muestra impasible ante su comisión. En estos casos, no podríamos en modo alguno hablar de coautoría, ni siquiera de cooperación necesaria, pese a que, en este último caso, pudieren suscitarse dudas a algunas personas por el hecho de que la pasividad del testigo comportaría la ejecución del delito. En este sentido, tampoco en estos supuestos podría acusarse al testigo de cooperador necesario por cuanto sería otorgarle un dominio sobre el hecho típico que realmente no tiene, dado que se trata de un mero observador.

Finalmente, debe plantearse la posibilidad de poder considerarle cómplice del ilícito por encubrimiento, esto es, jurídicamente hablando no nos hallaríamos propiamente ante un cómplice sino ante el posible autor de un delito de encubrimiento, previsto y penado en el artículo 451 del Código Penal.

Llegados a este punto, debe analizarse, de conformidad con el tenor literal del precepto citado, si ese tercer sujeto, quien presencia un delito de maltrato animal, podría ser acusado de la comisión de un delito de encubrimiento. Pues bien, la respuesta debe ser en este caso también negativa, dado que no se cumplirían los requisitos objetivos exigidos por el tipo del precepto, el cual exige una mayor cooperación del encubridor a fin de que el autor pueda eludir la acción de la justicia.

Para concluir, debe analizarse si pudiéramos hallarnos ante un supuesto de omisión del deber de socorro, delito previsto en el artículo 195 del Código Penal. Pues bien, nuevamente la respuesta debe ser negativa habida cuenta de que tal precepto únicamente hace referencia a las omisiones relativas a personas, dejando fuera del tipo a cualquier otro ser sintiente.

De lo expuesto, debe concluirse que todavía hay impunidad penal ante las conductas citadas y, si bien nunca puede olvidarse que el Derecho Penal tan sólo puede erigirse como la última ratio y que, sin duda, no puede ni debe regular todas las esferas sociales o actuaciones del individuo, sí deberían equipararse los supuestos de omisión del deber de socorro citados sin perjuicio de establecer las penas correspondientes dependiendo de si nos hallamos ante un ser humano o cualquier otro ser vivo puesto que, en modo alguno, jurídicamente podemos establecer sanciones idénticas en ambos supuestos.

Con estos mecanismos se contribuiría a una regulación más eficaz, que evite que el Código Penal pueda quedar vacío de contenido en supuestos como los descritos, casos de maltrato animal, algunos de los cuales resultan del todo atroces y propios de una personalidad psicopática, cuya autoría difícilmente podrá determinarse sin la ayuda de la sociedad y concretamente de aquellos que los presencian.

 

Judith Mínguez. Jueza. Equipo Técnico INTERcids, operadores jurídicos por los animales.